Nosotros gestionamos tu canal de denuncias.
Tú cumples la ley.
Canal de denuncias externalizado conforme a la Ley 2/2023. Recepción, investigación y resolución por un equipo de abogados. Tú solo apruebas el resultado.
¿Por qué necesitas un canal de denuncias?
La ley lo exige, pero gestionarlo bien es lo que realmente protege a tu empresa.
Obligación legal
La Ley 2/2023 obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores. La Ley 10/2010 obliga al sector financiero y asegurador independientemente del tamaño.
Complejidad de gestión
Gestionar un canal internamente exige recursos jurídicos, confidencialidad y trazabilidad que la mayoría de empresas no tienen.
Riesgo reputacional
Sin un canal profesional, las denuncias acaban en redes sociales, medios o la inspección. Un canal bien gestionado protege a la empresa.
Sanciones de hasta 1.000.000 €
No disponer de canal cuando existe obligación es infracción muy grave. La AIPI puede imponer multas de hasta 1.000.000 € a personas jurídicas y hasta 200.000 € a las personas físicas responsables.
Cómo funciona
Configura tu canal
Contratas el plan, te damos una URL propia y un widget para tu web. En 24h tu canal está operativo.
Los empleados denuncian
Cualquier persona puede enviar una comunicación de forma anónima o identificada a través del portal seguro.
Nuestros abogados investigan
El equipo de Snich recibe, investiga y propone una resolución. Tú solo apruebas el resultado.
Características
Anonimato real
El informante no necesita cuenta ni identificación. Sin cookies, sin rastreo, sin analytics.
Buzón seguro
El informante recibe un código de seguimiento para consultar el estado y comunicarse con los investigadores.
Cumplimiento legal completo
Acuse de recibo en 7 días, resolución en 3 meses, libro-registro, cadena de custodia. Todo conforme a la Ley 2/2023.
Gestión profesional
Un equipo de abogados de Snich investiga cada denuncia. Tu empresa solo aprueba la resolución final.
Cadena de custodia verificable
Cada acción sobre el expediente se registra con hash encadenado. Cualquier alteración es detectable.
Cifrado por empresa
Los datos de cada empresa se cifran con una clave derivada independiente. Si una se compromete, el resto queda intacto.
¿Quién está obligado?
Sector financiero y asegurador
Obligadas independientemente del número de empleadospor la Ley 10/2010 y la Ley 2/2023.
- •Corredurías de seguros
- •Agencias vinculadas y exclusivas
- •Empresas de servicios de inversión (ESIs)
- •Aseguradoras extranjeras en LPS
- •Gestoras y entidades de pago
Empresas de más de 50 trabajadores
Obligadas por la Ley 2/2023 a disponer de un sistema interno de información.
- •Empresas industriales y constructoras
- •Sector público y organismos
- •Fundaciones y asociaciones
- •Partidos políticos y sindicatos
Preguntas frecuentes
Cumple con la Ley 2/2023 desde hoy
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